Servicio 24 horas
¿Qué estás buscando?

Régimen simplificado de solvencia para el ramo de decesos

Régimen simplificado de solvencia para el ramo de decesos

La normativa del Ministerio de Economía que establece un régimen simplificado de solvencia para el ramo de decesos, entró en vigor el pasado 1 de enero de 2016. Según se detalla en la Orden, publicada el 30 de diciembre de 2015.

 

Las características propias del ramo en lo que respecta a la posibilidad de considerar futuras decisiones de gestión relacionadas con las primas a cobrar hacen ‘aconsejable’ el establecimiento de este régimen simplificado de solvencia, para tener en cuenta las especificidades de este ramo, incluido el efecto de las futuras decisiones de gestión.

 

Solo se tendrán en cuenta en el régimen simplificado “las relacionadas con la posibilidad de modificar las primas futuras en función de la capacidad de la entidad de realizar reajustes en sus tarifas de primas con ocasión de incrementos en el coste de los servicios y con determinadas limitaciones, en los escenarios considerados”.

 

Mediante esta norma se simplifica la aplicación de la capacidad de gestión y se dota de un método para su cuantificación a efectos de simplificar el cálculo del capital de solvencia obligatorio para lograr una mejor estimación de las provisiones técnicas para el ramo de decesos que tenga en cuenta sus particularidades frente al régimen general. Las propias entidades aseguradoras son las que, en función de los productos que comercialicen, sus tarifas y el resto de circunstancias que concurran, deberán evaluar la existencia de tal capacidad y verificar su aplicabilidad efectiva.

 

Los requisitos que deben concurrir para que las futuras decisiones de gestión puedan tomarse en consideración son los recogidos en el Reglamento Delegado (UE) 2015/35 de la Comisión, de 10 de octubre de 2014, entre los cuales figura el que dichas decisiones deban ser formalizadas mediante acuerdo del órgano de administración y que se describa y acredite en qué circunstancias podrá modificarse la aplicación de las tarifas por reajustes debidos a incrementos del coste de los servicios.

 

Fuente: INESERevista Funeraria y Unileón

Publicado
el 25-01-2016

Envíe sus condolencias

Nadie ha comentado esto aún. Sé el primero en hacerlo!!!


compartelo...
Últimas noticias
Debido a la crisis del Covid-19: el miedo al contagio, el confinamiento y las limitaciones en la libertad de movimientos han favorecido nuestra reconversión en FUNERARIA ONLINE.ver más
Comenzamos febrero y el coronavirus parece que no da tregua. Esto nos demuestra que las reuniones familiares en las fiestas de Navidad han dado sus frutos y sus pronósticos: La tercera Ola de la pandemia.ver más
La crisis sanitaria ha provocado un cambio de hábitos en todos los ámbitos de la vida. Y uno de ellos, de los más importantes, ha sido precisamente en el último adiós a nuestros seres queridos. ver más
Desde que el Gobierno decretara el 14 de marzo el estado de alarma en nuestro país, esta pandemia se convirtió en una batalla muy dura, la que todavía, a día de hoy, no hemos librado.ver más